{"id":619,"date":"2020-05-11T12:46:24","date_gmt":"2020-05-11T12:46:24","guid":{"rendered":"https:\/?p=619"},"modified":"2026-08-27T13:19:41","modified_gmt":"2026-08-27T13:19:41","slug":"responsabilidad-pena-comunidades-propietarios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.otp.es\/?p=619","title":{"rendered":"La Responsabilidad Penal de las Comunidades de Propietarios"},"content":{"rendered":"<p>La falta de medidas preventivas en las actividades subcontratadas en las comunidades de propietarios,\u00a0 \u00bfpuede generar una responsabilidad penal? \u00bfqui\u00e9n tiene esta responsabilidad?<\/p>\n<h2>La prevenci\u00f3n de riesgos en general y las Comunidades de Propietarios<\/h2>\n<p>El empresario titular del centro de trabajo es la persona o entidad que tiene la capacidad de gestionar el centro de trabajo.<\/p>\n<p>La Comunidad de Propietarios tiene la capacidad de subcontratar actividades y por tanto adquiere la condici\u00f3n de empresario titular.<\/p>\n<p>El presidente es el representante de la comunidad y por tanto tiene la m\u00e1xima responsabilidad.<\/p>\n<p>Cuando un empleado debe realizar una actuaci\u00f3n en un lugar de trabajo cuya propiedad no es de su empresa, por ejemplo cuando act\u00faa en una comunidad de propietarios, se inicia lo que se llama la <a href=\"http:\/\/www.invassat.gva.es\/documents\/161660384\/162741939\/CRT_INVASSAT_01GP_03_16+Comunidades+de+propietarios\/9ff109ec-e97c-4515-be0b-4e13516ebe09\">Coordinaci\u00f3n de Actividades Empresariales<\/a>.<\/p>\n<p>A diferencia de lo que mucha gente piensa, la responsabilidad NO ES DEL ADMINISTRADOR DE LA FINCA, \u00e9ste tiene la obligaci\u00f3n de asesorarnos, pero la responsabilidad es siempre de la Comunidades de Propietarios.<\/p>\n<h2>\u00bfTiene responsabilidad en materia de prevenci\u00f3n la Comunidad de Propietarios?<\/h2>\n<p>Aqu\u00ed debemos diferenciar dos tipos de Comunidades de Propietarios:<\/p>\n<ul>\n<li>\n<p>Las que tienen trabajadores contratados: conserjes, personal de limpieza, mantenimiento, etc\u2026\u00a0<\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p>Las que subcontratan todas las actividades.<\/p>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p>En ambos casos hay responsabilidad en materia de prevenci\u00f3n para la Comunidad de Propietarios, pero \u00e9sta es mayor si la comunidad tiene personal propio contratado.\u00a0<\/p>\n<p>Y sin duda, la responsabilidad penal ser\u00eda la situaci\u00f3n m\u00e1s grave en la que se podr\u00eda ver envuelta una Comunidad, e igual que su presidente como m\u00e1ximo responsable.<\/p>\n<h2>\u00bfLas Comunidades que contratan trabajadores, deben disponer de un Servicio de Prevenci\u00f3n?<\/h2>\n<p>Efectivamente, si tienen trabajadores propios, deber\u00e1n gestionar la Prevenci\u00f3n de <a href=\"https:\/\/www.otp.es\/seguridad-trabajo-otp.php\">Riesgos Laborales<\/a> mediante un <a href=\"https:\/\/www.otp.es\/index.php\">Servicio de Prevenci\u00f3n Ajeno<\/a>. \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>Dentro de las actividades que OTP desarrolla en las comunidades en cumplimiento de la normativa vigente est\u00e1 la evaluaci\u00f3n de riesgos, la <a href=\"https:\/\/www.otp.es\/vigilancia-salud-otp.php\">vigilancia de la salud<\/a>, la adecuaci\u00f3n de m\u00e1quinas, la coordinaci\u00f3n de actividades empresariales y ahora que son tan necesarios, los<a href=\"https:\/\/www.otp.es\/informacion-covid-19-otp.php\"> planes de contingencia frente al COVID19<\/a>.<\/p>\n<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/17aaf98a5fb3d141681549618d08db1a-1589194324.jpg\" style=\"height:450px;width:800px\"><\/p>\n<h2>Las Comunidades que no tienen personal contratado \u00bfest\u00e1n exentas de cumplir la PRL?<\/h2>\n<p>En ning\u00fan caso pueden estar exentas de ello, el cumplimiento obliga a todos y el desconocimiento no exime de responsabilidad.<\/p>\n<p>Las comunidades subcontratan tareas o actividades peligrosas: construcci\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n de fachadas, mantenimiento, etc.\u00a0<\/p>\n<p>Existe por tanto la obligaci\u00f3n de Coordinaci\u00f3n de Actividades Empresariales, (conocido como CAE).\u00a0<\/p>\n<p>Para las comunidades que no tienen personal contratado, la figura del Servicio de Prevenci\u00f3n Ajeno ser\u00eda muy conveniente, aunque s\u00ed que existen otras modalidades, pero m\u00e1s complejas, menos efectivas y al mismo tiempo que generan mayores riesgos.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.otp.es\/contacto-otp.php\">OTP asesora a las comunidades<\/a> con o sin trabajadores para un cumplimiento eficaz de la prevenci\u00f3n y una adecuada coordinaci\u00f3n de actividades empresariales. La clave es controlar y reducir al m\u00ednimo la responsabilidad.<\/p>\n<h2>Es decir, \u00bfsi mi comunidad de propietarios no gestiona adecuadamente la CAE, tiene responsabilidad?<\/h2>\n<p>Efectivamente as\u00ed es. Seg\u00fan Art. 24 de la Ley 31\/1995 posteriormente desarrollado por el <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2004-1848\" target=\"_blank\">R.D. 171\/2004<\/a> establece una serie de obligaciones de coordinaci\u00f3n que deben cubrir todas las empresas: incluidas las Comunidades de Propietarios.<\/p>\n<p>Como dec\u00eda anteriormente, el cumplimiento obliga a todos y el desconocimiento no exime de responsabilidad.\u00a0<\/p>\n<h2>\u00bfA qu\u00e9 sanciones se enfrenta mi comunidad de propietarios por no cumplir con el deber de coordinaci\u00f3n?<\/h2>\n<p>Seg\u00fan la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), la falta de coordinaci\u00f3n se puede considerar como falta Grave (hasta 40.985\u20ac de sanci\u00f3n) cuando se trata de actividades subcontratadas de riesgo bajo o medio, y como falta Muy Grave (hasta 819.780\u20ac de sanci\u00f3n) cuando se subcontratan tareas consideradas como peligrosas (construcci\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n de fachadas, etc\u2026).<\/p>\n<p>No gestionar la coordinaci\u00f3n preventiva con las subcontratas le puede costar a la Comunidad de Propietarios hasta 819.780\u20ac de sanci\u00f3n\u00a0<\/p>\n<h2>\u00bfExiste responsabilidad penal para la Comunidad de Propietarios?<\/h2>\n<p>La responsabilidad penal, seg\u00fan la Ley de Prevenci\u00f3n, recae sobre la direcci\u00f3n de la empresa, que en el caso de la comunidad de propietarios, esta figura es asumida por el Presidente de la comunidad.<\/p>\n<p>Es importante tener en cuenta que la responsabilidad penal va en funci\u00f3n del conocimiento y la \u201cmala fe\u201d que pueda existir.\u00a0<\/p>\n<p>Es decir, para recaer en este tipo de responsabilidad, el presidente de la comunidad deber\u00eda tomar decisiones voluntariamente y con conocimiento de causa, pese a las recomendaciones del Servicio de Prevenci\u00f3n, que incurrieran en la causa directa de un accidente.\u00a0<\/p>\n<p>Para evitar esta responsabilidad penal, OTP hace especial hincapi\u00e9 en un adecuado, eficaz y profesional <a href=\"https:\/\/www.otp.es\/contacto-otp.php\">asesoramiento<\/a>.<\/p>\n<p>Nota aclaratoria: Comunidades de propietarios o Comunidades de vecinos:<\/p>\n<ul>\n<li>\n<p><em>El propietario es frente a la ley (Ley de Propiedad Horizontal en Espa\u00f1a y C\u00f3digo Civil de Catalu\u00f1a en Catalu\u00f1a), el responsable, y qui\u00e9n por tanto tiene los derechos y obligaciones, viva o no viva en la Comunidad.<\/em><\/p>\n<\/li>\n<li>\n<p><em>\u00a0El vecino puede ser inquilino y no propietario, y en este caso deber\u00e1 redactarse en el contrato de alquiler de la vivienda, las cl\u00e1usulas que establezcan los derechos y obligaciones del inquilino frente al propietario. Pero frente a la Comunidad responder\u00e1 el propietario.<\/em><\/p>\n<\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La falta de medidas preventivas en las actividades subcontratadas en las comunidades de propietarios,  \u00bfpuede generar una responsabilidad penal? \u00bfqui\u00e9n tiene esta responsabilidad?<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":622,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[3],"tags":[],"class_list":["post-619","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-articulos"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blog.otp.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/619","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blog.otp.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blog.otp.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.otp.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.otp.es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=619"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/blog.otp.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/619\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1265,"href":"https:\/\/blog.otp.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/619\/revisions\/1265"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.otp.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/622"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blog.otp.es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=619"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.otp.es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=619"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.otp.es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=619"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}