Categoría: Coronavirus

  • ¿El fin de la mascarilla? Cuándo sigue siendo obligatoria

    ¿El fin de la mascarilla? Cuándo sigue siendo obligatoria

    Publicado el RD 286/2022, que establece el denominado ‘fin de las mascarillas en interiores’. Pero hay matices.

    ¿Quién está obligado a llevar mascarilla?

    1. Las personas trabajadoras, visitantes y pacientes de centros, servicios y establecimientos sanitarios (farmacias). Cuando los pacientes permanezcan en su habitación no deben llevarla.

    2. Personas trabajadoras y visitantes de centros sociosanitarios cuando estén en zonas compartidas.

    3. En los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros (incluidos taxis). En los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes.

    ¿Hay excepciones?

    1. Los menores de 6 años no tienen la obligación de llevar mascarilla.

    2. Personas con alguna enfermedad o dificultad respiratoria que se pueda agravar por el uso de la mascarilla. También personas que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o tengan alteraciones de conducta que hagan inviable su uso.

    3. Cuando por la propia naturaleza de las actividades el uso de la mascarilla resulte incompatible.

    ¿Puedo obligar a mi plantilla a usar la mascarilla?

    En el entorno laboral, con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas.

    Pero los responsables en materia de PRL, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas.

  • ¿Tengo que hacer cuarentena si estoy vacunado?

    ¿Tengo que hacer cuarentena si estoy vacunado?

    La cuarentena para las personas que han estado en un contacto estrecho no es necesaria para quienes tengan la pauta completa de vacunación contra el COVID-19, según la última actualización de la ‘Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19‘ dictaminada por el Ministerio de Sanidad.

    Aún así, es necesaria la realización de una PCR nada más establecer el contacto estrecho y otra a los 7 días del último contacto con el paciente confirmado.

    Excepciones ¿Cuándo hay que hacer cuarentena aún estando vacunado?

    Los vacunados con la pauta completa han de hacer cuarentena en el caso de que la relación estrecha se mantenga con un contagiado por la variante VOC9 (“la británica”).

    También será necesario en las personas inmunodeprimidas o con tratamiento activo de cáncer.

    Si no fuera posible la realización de una PCR o ésta fuera rechazada por el paciente, la cuarentena deberá realizarse a pesar de estar completamente vacunado. 

    Recomendaciones a seguir aunque no hagas cuarentena

    En la estrategia del Ministerio de Sanidad se establece una serie de recomendaciones a seguir en el caso de que un vacunado con la pauta completa establezca una relación estrecha con un paciente de COVID-19:

    • Evitar contacto con personas no vacunadas o vulnerables.

    • Uso de mascarilla en las interacciones sociales.

    • No acudir a eventos multitudinarios.

    • Poner especial atención en la posible aparición de síntomas.

    Los sanitarios y sociosanitarios se encuentran exentos de realizar cuarentena siempre que cuenten con la pauta completa de vacunación. Eso sí, no tendrán contacto con personas vulnerables durante los siguientes 10 días de haber tenido un contacto estrecho con un paciente de COVID-19.

    Pueden haber excepciones a esta estrategia, pero siempre establecidas por las autoridades de salud pública en la ‘Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19‘.

  • 9 Herramientas para la Prevención del COVID-19 de la OIT

    9 Herramientas para la Prevención del COVID-19 de la OIT

    Muchas empresas han tenido que adaptar sus lugares de trabajo durante la pandemia del COVID-19. Aunque muchas ya contaban con un plan integral para hacer frente a crisis sanitarias, como recomienda la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la adopción de políticas y procedimientos adecuados, además de la gestión de riesgos para prevenir los riesgos de contagio ha sido posible gracias a la cooperación entre trabajadores y directivos.

    Contar con un plan de riesgos adecuado es imprescindible para actuar rápido, coordinada y eficazmente ante imprevistos. Este plan debe contar, consultando con los trabajadores y sus representantes, una evaluación exhaustiva de riesgos que se dirija tanto a trabajadores como a proveedores y clientes.

    Esta evaluación debe tener en cuenta aspectos como:

    • Ambiente de trabajo.

    • Características individuales de los trabajadores.

    • Personas en riesgos de enfermedad grave por COVID-19.

    • Trabajadores con discapacidad.

    • La higiene de las instalaciones.

    • La práctica del distanciamiento social.

    • El acceso de la información.

    Pero no solo el riesgo a contraer el virus ha afectado a las empresas, un gran número de trabajadores ha sufrido riesgos psicosociales así como problemas ergonómicos y químicos. La evaluación también debería tenerlos en cuenta.

    Para ello, la OIT nos presenta una serie de herramientas para proteger la seguridad y la salud de los trabajadores durante la crisis de la COVID-19.

    Herramientas de la OIT para proteger la seguridad y la salud de los trabajadores durante la crisis de la COVID-19.

    Prevención y mitigación de la COVID-19 en el trabajo

    Para ello han creado una Lista de Comprobación, una herramienta que ofrece procesos eficaces de evaluación y gestión de riesgos asociados al COVID-19. Accede a la herramienta haciendo click aquí.

    Garantizar la Seguridad y Salud en el Trabajo

    La OIT a elaboró un informe para el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2020 con el lema “Detengamos la pandemia: la seguridad y salud en el trabajo puede salvar vidas”. Accede al informe haciendo click aquí.

    Un regreso seguro y saludable al trabajo durante la pandemia de COVID-19

    Los gobiernos, los empleadores y los trabajadores son agentes indispensables en a consolidación de los progresos realizados en la reducción de las tasas de infección. Es por ello que la OIT crea una reseña de políticas para ayudarlos a elaborar orientaciones de política nacional y proporcionar directrices para la evaluación de los riesgos en el lugar de trabajo. Accede a la herramienta haciendo click aquí.

    Regresar al trabajo de forma segura

    Una de la herramientas que la OIT ha elaborado para ello es una lista con diez medidas de acción que proporcionan orientaciones a los empleadores, los trabajadores y sus representantes para la adopción de medidas de prevención dirigidas a lograr un regreso seguro al trabajo en el contexto de la COVID-19. Accede al listado haciendo click aquí.

    Gestión de los riesgos psicosociales relacionados con el trabajo durante la pandemia de COVID-19

    Una parte fundamental en la prevención de todos los agentes implicados en el funcionamiento de las empresas. Es por eso que la OIT ha elaborado una guía con el objetivo de proporcionar a los empleadores y al personal directivo elementos clave a tomar en consideración al evaluar los riesgos psicosociales y las medidas pertinentes en el contexto de la pandemia que estamos viviendo. Accede a la guía haciendo click aquí.

    El teletrabajo durante la pandemia de COVID-19 y después de ella

    Una guía práctica para un teletrabajo eficaz. Accede a la guía haciendo click aquí.

    La COVID-19 y los centros de salud

    Una lista de medidas que aplican el enfoque participativo orientado a la acción de HealthWISE, la herramienta conjunta de la OIT y la OMS, para prevenir la infección por COVID-19 en los centros de salud y proteger al personal sanitario. Accede al listado haciendo click aquí.

    La higiene de las manos en el lugar de trabajo

    Una medida básica de salud y seguridad en el trabajo para la prevención y el control de la COVID-19. Todos los trabajadores deben poder lavarse las manos de forma segura, accesible y adecuada en el trabajo. Accede a la herramienta haciendo click aquí.

    Prevención y mitigación de COVID-19 en el trabajo para Pequeñas y Medianas Empresas

    La OIT acerca a las pequeñas y medianas empresas una Lista y un Manual de Comprobación para evaluar los riesgos de COVID-19 con información para implementar medidas para proteger la seguridad y la salud de sus trabajadores. Accede al manual haciendo click aquí.

     

    Las medidas preventivas deberían aplicarse siguiendo la jerarquía de los controles y los deberes establecidos, tal como determinan las normas y las orientaciones de la OIT. Además es conveniente revisarlas de forma periódica e implantar las modificaciones que sean convenientes.

    Garantizar la salud física y mental de las personas asociadas a nuestra empresa debe ser uno de los pilares de todo centro de trabajo.

  • ¿Sabes qué es y qué no es un Contacto Estrecho?

    ¿Sabes qué es y qué no es un Contacto Estrecho?

    ¿Si un compañero de oficina ha dado positivo por Coronavirus se considera contacto estrecho?, ¿tengo que hacerme la PCR? ¿Cuándo podemos decir que hemos estado expuestos al virus? Para contestar a estas preguntas es necesario que la comunidad científica establezca una definición clara que ayude al rastreo y seguimiento de los posibles contagios.

    Pero no solo los rastreadores y profesionales médicos necesitan tener claro qué es un contacto estrecho. Las empresas se enfrentan a este dilema a la hora de organizar a sus trabajadores en el día a día, establecer las normas de distanciamiento y enfrentarse a un posible contagio entre ellos.

    Así que vamos a tratar de esclarecer qué es y qué no es un contacto estrecho.

    ¿Qué es un Contacto Estrecho?

    Se considera contacto estrecho:

    • El que se tiene con cualquier persona con la que se haya tenido contacto físico prolongado, como es el caso de los cuidados a personas, si la utilización de las medidas de protección adecuadas.

    • Cuando se ha estado expuesto al virus a menos de dos metros de distancia durante un tiempo superior a 15 minutos.

    ¿Qué no es un Contacto Estrecho?

    • Si has tenido contacto con un caso, 3 días antes o más, de que dé positivo.  

    • Si has intercambiado documentación.

    • Si has compartido ascensor con un caso.

    • Si has usado el mismo baño que un caso.

    • Si has tenido contacto con un Contacto Estrecho.

    Infografía sobre ¿Qué es y qué no es un contacto Estrecho?

  • 10 pasos para mejorar la ventilación en tu centro de trabajo

    10 pasos para mejorar la ventilación en tu centro de trabajo

    Mucho se ha hablado durante todo el estado de alarma sobre la posible transmisión del Coronavirus a través del sistema de climatización y ventilación de lugares cerrados. En nuestro propio blog se publicó en su momento el artículo Climatizar y ventilar sin propagar el COVID-19, cuando la evidencia de que el COVID-19 se podía transmitir por aerosoles tenía un peso menor.

    Ahora el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha elaborado junto al Ministerio de Sanidad un documento sobre la ventilación de los lugares de trabajo para evitar la propagación del Covid19.

    ¿Se transmite el Covid19 a través del aire acondicionado?

    Se ha demostrado que el riesgo de contagio por COVID-19 por vía aérea en el interior de edificios es más elevado cuando existe poca ventilación. Por eso se recomienda que la aportación de aire exterior sea siempre el máximo. 

    A mayor renovación de aire de un edificio menos probabilidad de contagio.

    Por esto mismo, el Ministerio de Sanidad propone el siguiente decálogo de recomendaciones respecto a la climatización de los espacios interiores. Teniendo en cuenta que muchas de estas medidas supondrán un impacto en los costes de electricidad (impacto energético), pero ahora lo que prima es la seguridad de las personas:

    Recomendaciones sobre ventilación

    1. Caudal mínimo de aire exterior: se recomienda una renovación mínima de 12,5 litros/segundo y ocupante. Para lo cual, se puede trabajar en dos sentidos, aumentar la ventilación o reducir el número de ocupantes. 

      • Ej. de aplicación: una oficina de 300 m2 y 30 ocupantes requerirá un caudal mínimo de renovación de aire de Qv = 30·12,5 = 375 l/s = 1.350 m3/h

    2. Verificación de caudales: se deberá verificar que los caudales de renovación de aire de nuestros equipos se mantienen en sus condiciones nominales mediante una revisión por parte de técnicos cualificados.

    3. Aumentar la ventilación: si se puede temporizar el uso del sistema de climatización, se recomienda programarlo para que funcione 2 horas antes y después de la apertura y cierre del centro. Incluso se recomienda mantenerlo al 25% de funcionamiento durante fines de semana.

    4. Reducir al mínimo la recirculación de aire: si nuestro equipo lo permite, deberemos reducir la recirculación de aire al mínimo posible (cuanto más aire limpio vs aire recirculado mejor). Si se puede pasar a 100% aire exterior, mejor.

    5. Extracción en aseos en contínuo: si existe posibilidad, mantener el sistema de extracción en baños y aseos de forma permanente (24 horas los 7 días de la semana) y con las ventanas cerradas, para no perder eficacia.

    6. Aumento de la ventilación natural: en caso de no disponer de sistemas de ventilación mecánica, se abrirán ventanas accesibles para facilitar la ventilación natural.está demostrado que la renovación de aire por ventilación cruzada baja las tasas de contaminantes de las estancias. Incluso en edificios con ventilación mecánica es recomendable realizar una ventilación regular con ventanas.

    7. Temperatura y humedad: mantener la temperatura y humedad entre 17 y 27ºC y la humedad entre el 30 y 70%

    8. Unidades tipo splits de aire acondicionado: estos terminales no renuevan el aire, solamente lo recirculan. Se recomienda su uso continuado junto con sistemas de recirculación forzada de aire. No usar en locales cerrados sin sistemas de renovación de aire, en su caso se podrían complementar junto con equipos que dispongan de sistemas de filtrado y purificación de aire (fijos o portátiles con filtros HEPA).

    9. Mantenimiento y limpieza de instalaciones: antes de la reapertura se deberán revisar los sistemas de climatización limpiando rejillas, difusores, filtros y baterías (no es necesaria la limpieza de conductos). También se recomienda realizar un proceso de purga del aire interior para lo que bastaría un arranque del sistema tras su limpieza para garantizar una renovación completa del aire del local.

    10. Actuación ante un posible caso de COVID-19: en caso de tener un caso confirmado en el centro de trabajo se recomienda ventilar el espacio donde se haya alojado esta persona durante al menos 4 horas, a potencia máxima tanto forzada como natural. Esta limpieza debe comenzar 2 horas antes de las labores de desinfección. Además se procederá a realizar una limpieza y desinfección de la unidad interior (split), filtros, rejillas de impulsión y retorno mediante el pulverizado de solución desinfectante. 

    Radiación Ultravioleta contra el COVID-19 ¿Es efectiva?

     

    La radiación ultravioleta corta UV-C ha sido ampliamente documentada como una tecnología complementaria válida para inactivar todo tipo de patógenos incluidos los virus, de alta efectividad sobre superficies. 

    Se recomienda su uso en baterías, evaporadores o conductos de los equipos de tratamiento de aire como medida adicional o complementaria de desinfección de sus superficies, considerando un efecto moderado o bajo sobre flujos de aire. 

    Algunas lámparas pueden producir ozono como subproducto, por lo que se debe prestar especial atención en este sentido, así como en la posible radiación directa sobre las personas.

    Sistemas de filtración portátiles ¿Son eficaces?

    En el caso de locales con dificultades para obtener una ventilación satisfactoria, se recomienda el uso de unidades portátiles equipadas con filtros de alta eficiencia HEPA, ubicadas en los espacios a tratar. 

    Es preciso que mantengan un índice de movimientos hora significativo. 

    Los filtros HEPA deberán tener una filtración altamente eficiente del aire, con capacidad de retener aerosoles en porcentajes superiores al 99,95%, según la norma UNE1822.

    Adicionalmente, los sistemas de filtración y purificación portátiles pueden contar con tecnologías complementarias de purificación, tales como radiación ultravioleta u otras, que deberán demostrar su eficacia e inocuidad.

  • ¿Cómo diferenciamos la gripe del COVID-19?

    ¿Cómo diferenciamos la gripe del COVID-19?

    Ahora sí que sí estamos despidiendo el buen tiempo y dando la bienvenida al frío. Y con él, a las diferentes enfermedades respiratorias que hasta hoy conocíamos como los resfriados y la gripe. Pero este año la incertidumbre y las dudas de si los síntomas que padecemos son de una u otra se suma al peligro de contraer COVID-19, que también presenta síntomas muy similares. 

    ¿Qué diferencia hay entre la gripe y el COVID-19?

    Lo primero que hay que tener en cuenta es que son enfermedades respiratorias causadas por virus, pero estos son muy distintos pese a que comparten las mismas vías de transmisión: por vía aérea, a través de gotitas respiratorias producidas por una persona infectada al hablar, toser o estornudar.

    La gripe es una enfermedad causada por virus influenza (tipos A y B). Mientras que el COVID-19 es transmitida por el virus SarsCov2. Son virus muy diferentes pero que producen síntomas muy parecidos.

    Es por ello que este año hay que estar más alerta que nunca a la posible aparición de síntomas, no podemos confiarnos y pensar de primeras que lo que padecemos es una gripe común y salir a la calle, aunque llevemos la mascarilla.

    ¿Cómo puedo diferenciar la gripe del COVID-19?

    El nuevo coronavirus y el virus de la gripe tienen presentaciones clínicas muy parecidas con una gran variedad de síntomas, que pueden ir desde infecciones asintomáticas o con síntomas leves, hasta enfermedades graves y muertes.

    Las personas que contraen la gripe a menudo presentan síntomas como: fiebre, dolor de garganta, mucosidad nasal, tos seca, cefalea, mialgias y cansancio.

    La fiebre, la tos y la pérdida de olfato/gusto son síntomas comunes en la gripe y en el COVID-19, sin embargo, la fatiga, el dolor de garganta, dolor de cabeza y dolor muscular parecen producirse con menos frecuencia en el COVID-19 que en la gripe. La dificultad respiratoria también parece ser más frecuente en el COVID-19.

    En este sentido, si una persona está vacunada de gripe es mucho menos probable que la aparición de síntomas comunes sean debidos a la gripe.

    No obstante, deberá ser siempre un profesional sanitario quien valore la posible enfermedad y realice el diagnóstico diferencial.

    ¿Qué hago si tengo síntomas?

    En el caso de que creas presentar alguno de los síntomas, no es recomendable salir de casa, los profesionales sanitarios recomiendan no acercarse al centro de salud. Lo mejor es contactar con los teléfonos habilitados por el Ministerio de Sanidad para cada Comunidad Autónoma.

    En caso que la afección haya llegado a un estado de gravedad severo, lo recomendable es llamar directamente al 112 (no olvides que es un teléfono de urgencia y su buen uso depende de todos).

    Vacunación: la única vía para prevenir

    La coincidencia en este tiempo de la pandemia del coronavirus y la epidemia de gripe puede aumentar las complicaciones en los grupos de riesgo, para los que ambas enfermedades conllevan posibles problemas graves de salud y una importante sobrecarga asistencial.

    Dada esta situación, el Ministerio de Sanidad ha realizado una adquisición extraordinaria de vacunas para asegurar la vacunación a partir de la primera quincena de octubre a todos los grupos de riesgo decretados por las autoridades sanitarias: 

    1. Personas mayores, preferentemente a partir de los 65 años de edad. Se hará especial énfasis en aquellas personas que conviven en instituciones cerradas.

    2. Personas que puedan transmitir la gripe a aquellas que tienen un alto riesgo de presentar complicaciones: personal de centros y servicios sanitarios y sociosanitarios, cuidadores a domicilio y convivientes con personas que pertenecen a grupos de alto riesgo.

    3. Personas que trabajan en servicios esenciales como: fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, bomberos, protección civil, personal de instituciones penitenciarias y trabajadores de explotaciones avícolas y porcinas en contacto directo con los animales.

    4. Personas entre los 6 meses y los 65 años de edad que presentan un alto riesgo de complicaciones derivadas de la gripe por presentar alguna condición o enfermedad de base.

    Las enfermedades y condiciones consideradas de alto riesgo son:

    • Enfermedades crónicas cardiovasculares, neurológicas o respiratorias, incluyendo displasia bronco-pulmonar, fibrosis quística y asma.

    • Diabetes mellitus.

    • Obesidad mórbida (índice de masa corporal ≥40 en adultos, ≥35 en adolescentes o ≥3 DS en la infancia).

    • Enfermedad renal crónica y síndrome nefrótico.

    • Hemoglobinopatías y anemias.

    • Hemofilia, otros trastornos de la coagulación y trastornos hemorrágicos crónicos, así como receptores de hemoderivados y transfusiones múltiples.

    • Asplenia o disfunción esplénica grave.

    • Enfermedad hepática crónica, incluyendo alcoholismo crónico.

    • Enfermedades neuromusculares graves.

    • Inmunosupresión (incluyendo las inmunodeficiencias primarias y la originada por la infección por VIH, por fármacos –incluyendo tratamiento con eculizumab-, en los receptores de trasplantes y déficit de complemento).

    • Cáncer y hemopatías malignas.

    • Implante coclear o en espera del mismo.

    • Fístula de líquido cefalorraquídeo.

    • Enfermedad celíaca.

    • Enfermedad inflamatoria crónica.

    • Trastornos y enfermedades que conllevan disfunción cognitiva: síndrome de Down, demencias, etc.

    • Menores entre los 6 meses y los 18 años de edad, que reciben tratamiento prolongado con ácido acetilsalicílico, por la posibilidad de desarrollar un síndrome de Reye tras la gripe.

    • Personas de cualquier edad (≥6 meses) institucionalizadas de manera prolongada.

    • Mujeres embarazadas en cualquier trimestre de gestación y mujeres durante el puerperio (hasta los 6 meses tras el parto y que no se hayan vacunado durante el embarazo) en la temporada gripal 2020-21.

    • Menores entre los 6 meses y los 2 años de edad con antecedentes de prematuridad menor de 32 semanas de gestación.

     

     

  • Ana López, Agente de Igualdad en Amaltea Consultoría: “La situación de teletrabajo ha mejorado la corresponsabilidad”

    Ana López, Agente de Igualdad en Amaltea Consultoría: “La situación de teletrabajo ha mejorado la corresponsabilidad”

    La situación que hemos vivido, la mires desde el ámbito que la mires, en mi caso desde el área de igualdad en Amaltea Consultoría, ha sido muy compleja y cuesta decidir cuál habría la mejor forma de actuar.

    Lo que está claro es que ha sido un gran reto y hay que ser comprensivas con la situación que están viviendo las empresas. Por eso, hemos tratado de acompañarlas, ofreciendo apoyo y asesoramiento continuo en tareas como la recogida de datos, mejorando la plataforma de formación en igualdad o ampliando el horario de atención. 

    Quizá lo más duro en todos estos meses ha sido la comunicación con las empresas. Habitualmente hacemos visitas a los centros para tener un contacto estrecho y personalizado y así poder resolver las dudas o miedos que puedan tener sobre los planes de igualdad. Y aunque con las tecnologías de las que disponemos hoy en día se han podido suplir perfectamente las visitas con videoconferencias o llamadas, no es comparable con el trato presencial. 

    A nivel personal, creo que lo que más nos ha afectado ha sido el hecho de no tener un espacio de trabajo separado del espacio privado. En mi caso, me ha llevado un tiempo llegar a marcar un límite entre el trabajo y la vida personal. Al estar todo el día en casa, esa línea entre tiempo de trabajo y tiempo de ocio es algo más difusa, y creo que es un problema que no ha afectado a nivel de sociedad.

    Teletrabajo e igualdad

    Esta crisis sanitaria que ha generado esta necesidad de tomar medidas medidas como el teletrabajo, incitándonos a hacer uso de las herramientas informáticas para trabajar a distancia, ha cambiado la concepción de la conciliación que tenían las empresas.

    Las organizaciones, especialmente en nuestro país, se basan mucho en el presentismo, lo comúnmente conocido como “hacer horas”, en lugar de valorar el cumplimiento de objetivos. El poder haber vivido esta experiencia y ver que se seguía sacando a delante el trabajo cumpliendo con los criterios de calidad ha hecho reflexionar a muchas empresas, y esto puede suponer un paso clave para lograr la igualdad dentro de las organizaciones. 

    En muchas ocasiones, una de las barreras en la promoción de las mujeres es, precisamente, las necesidades de conciliación que tienen debido al cuidado de hijos/as o familiares dependientes. Sin embargo, si dejamos de valorar las “horas extra” y empezamos a trabajar por objetivos esto dejará de ser un problema para las mujeres, consiguiendo una mayor paridad en los puestos de responsabilidad.

    En este sentido, muchos estudios dicen que la situación de teletrabajo ha mejorado la corresponsabilidad, otros dicen todo lo contrario, pero lo que sí es seguro es que es un tema que se deberá regular. Especialmente si, a partir de ahora, el teletrabajo se convierte en algo permanente, tal como se estima para muchas empresas.

    Se deberá velar para que esas medidas de teletrabajo sean adoptadas por ambas partes de la pareja, de forma que el trabajo de cuidados no vuelva a recaer sólo en las manos de las mujeres, y que esto no afecte a las posibilidades de promoción y formación o a las recompensas salariales de las personas que los adoptan.  

    Y es que el trabajo de cuidados y doméstico históricamente ha recaído sobre todo en la mujeres. Es un pilar fundamental del estado de bienestar que ha sido bastante desprestigiado y no se ha recompensado como debería. Durante los meses de confinamiento, al estar también los hombres dentro del hogar, han sido conscientes de lo que supone día a día.

    Esto demuestra que por parte de las empresas la igualdad de género no ha sido nunca una prioridad, y esta época marcada por el COVID-19 tampoco. Hace poco leí un artículo que se titulaba “Cuando una crisis entra por la puerta, la igualdad sale por la ventana” y esto es lo que hemos visto durante la pandemia. Seguimos percibiéndola como un “gasto” en lugar de una oportunidad de mejorar la gestión de nuestras organizaciones y de conseguir mejores resultados a largo plazo.

    Con esta visión, ante la aparición de obstáculos, como en este caso ha sido el COVID-19, la igualdad pasa a lo más bajo de la lista de prioridades. 

    Planes de igualdad en cuarentena

    Prácticamente todo el impulso que habían tenido los planes de igualdad con el RD 6/19 se han frenado con el COVID-19.

    Es una lástima ya que había muchas pequeñas empresas que, incluso sin tener la obligación legal, se habían animado a hacer sus planes de igualdad, como forma de mejorar su imagen corporativa o su responsabilidad social empresarial.

    No obstante, con el COVID-19 todas las empresas han optado por ser más conservadoras con sus recursos y prepararse para lo que puede suceder, algo absolutamente razonable y comprensible. Pero inevitablemente esto ha supuesto un bache para las políticas de igualdad organizacionales.

    A lo que se le ha sumado la paralización general de los trabajos. En muchas organizaciones las personas que se responsabilizan de los planes de igualdad son de los departamentos de Recursos Humanos o la Dirección del centro y, al tener que gestionar otras cosas urgentes, como pueden ser las medidas de seguridad e higiene o los ERTES, han tenido que desatender el proceso del plan de igualdad

    Pero no es solo una cuestión de decisión empresarial, tenemos la certeza de que muchas empresas cuentan con las subvenciones públicas, ya sean estatales o autonómicas, para poder elaborar sus planes de igualdad, el problema es que estas subvenciones han quedado paralizadas por la crisis sanitaria, lo que ha provocado que estas organizaciones ya no puedan contar con ese incentivo para poder hacer la inversión inicial.

    Por lo tanto, aunque creo que es comprensible que haya habido recortes para poder asumir el gasto económico sanitario, considero que si hay una partida económica establecida para igualdad se debería cumplir con lo establecido y ayudar a las organizaciones a implementar sus planes. 

    Las primeras líneas de defensa han estado formadas mayoritariamente por mujeres, ¿qué menos que trabajar para que tengan las mismas condiciones y recompensas que sus compañeros varones?

    El futuro

    Históricamente, las crisis afectan más a las mujeres, por ejemplo, en la última crisis económica la máxima precariedad laboral la sufrieron las mujeres. En la actual crisis sanitaria, las mujeres se han expuesto a otras situaciones igualmente críticas, como el hecho de que las ocupaciones que más se exponían al virus (sanidad, sector de alimentación, limpieza hospitalaria) están mayoritariamente constituidas por mujeres; o que ellas han tenido que acarrear con más tareas de cuidados al estar los niños y niñas en casa y, además, sin la ayuda de los abuelos.

    Pero sinceramente, como optimista nata que soy, considero que las personas, y la sociedad en general, tienen una capacidad intrínseca de aprender y adaptarse incluso en situaciones límite. Creo que de cara a futuros rebrotes estaremos mucho mejor preparados y preparadas para afrontar la situación, con lo que será mucho más estable y fácil de llevar que lo que hemos pasado estos últimos meses. 

    Por nuestra parte, ya hemos empezado a trabajar en ello. Además de incorporar las videoconferencias a nuestro proceso de trabajo, hemos mejorado muchísimo nuestra plataforma de formación online y hemos ampliado el catálogo formativo. Habitualmente nuestra formación es bastante amena, ya que es mediante vídeos, pero hemos incorporado la teleformación como forma de sustituir la formación presencial y ha tenido una muy buena acogida.

    Todas estas implementaciones nos permite tener una formación mucho más personalizada e incluir más prácticas y ejercicios, que consoliden mejor los conocimientos para poder crecer como empresas en igualdad.

    Por supuesto, todos y todas debemos ser conscientes de la responsabilidad individual que tenemos de cara a evitar los contagios, pero considero que, como sociedad, tenemos la capacidad de salir fortalecidos de esta crisis.

  • German Cañavate, Director Técnico en OTP: “Las empresas españolas hemos demostrado una gran resiliencia y adaptación a los cambios de esta crisis”

    German Cañavate, Director Técnico en OTP: “Las empresas españolas hemos demostrado una gran resiliencia y adaptación a los cambios de esta crisis”

    Toda esta situación ha generado muchas dificultades para quienes nos dedicamos a la formación. Desde OTP, Oficina Técnica de Prevención, nos lo hemos tomado como un reto.

    Una vez miramos atrás, nos damos cuenta de que, pese a las dificultades y problemas, hemos sido resilientes saliendo así reforzados y con más recursos que antes.

    A base de trabajo duro y mucha dedicación fuimos capaces de abordar los nuevos retos y pudimos suplir los requisitos de formación tanto a nivel online como presencial por videoconferencia.

    Formación a contrarreloj

    La mayor dificultad a la que nos hemos tenido que enfrentar han sido los constantes cambios de normativa y criterios del Ministerio. Cada semana había nuevas publicaciones con instrucciones que debíamos implementar tanto en nuestros cursos formativos como en el trabajo de asesoramiento a clientes.

    Al principio, por prudencia, limitamos la formación presencial a pequeños grupos, cumpliendo criterios de distancia de seguridad y medidas higiénicas, pero con las medidas expresas de confinamientos tuvimos que paralizar completamente.

    Así que creamos un plan de formación online en tiempo récord. Basa en formación a través de nuestro campus (contratando una pasarela de pago y conformando un equipo de soporte técnico para dar respuesta a los alumnos) y la plataforma zoom a través de la cual poder impartir clases cara a cara.

    Formación y gestión pensadas para la nueva realidad

    Viendo las nuevas realidades en materia de seguridad e higiene en el trabajo, hemos creado dentro del Campus virtual de la organización los nuevos cursos sobre CoVid19 y teletrabajo.

    Además, los cambios repentinos, las normativas cambiantes y la necesidad de ir adaptándonos casi al día, nos llevó a elaborar una todo un plan de comunicación tanto interna como externa. 

    Entre nosotros, al encontrarnos teletrabajando toda la plantilla, necesitábamos mantener informadas a todas las personas de la organización y así poder emitir un juicio único, es decir, el mismo mensaje con las mismas herramientas en todas las delegaciones

    Y con el exterior, nos centramos en la distribución de newsletter para todos los clientes, herramienta que antes de la crisis apenas usábamos. Ha sido tal la necesidad de estar en continua comunicación con alumnos y clientes que llegamos a emitir hasta 2 newsletter semanales.

    Los alumnos, los verdaderos protagonistas

    Pero no solo ha sido difícil para nosotros, el alumnado también lo ha vivido de primera mano y ha sido muy comprensivo.

    Incluso las personas con menos capacidad, tecnológicamente hablando, han sido capaces de ponerse delante de un ordenador, tablet o móvil para hacer los cursos. Siempre de la mano de nuestro equipo de soporte que estuvo respondiendo a las miles de dudas y dificultades que se fueron encontrando en los accesos.

    Esfuerzos recompensados

    Estamos orgullosos de todo el equipo, gracias al cual hemos llegado a formar a 45.000 alumnos en el curso CoVid19 online y a 8.700 personas en el curso de teletrabajo. Se han elaborado más de 10 colaboraciones comerciales con Asociaciones, Colegios Oficiales y Agrupaciones empresariales para colaborar y ayudar en dar respuestas a sus respectivos asociados.

    Las empresas españolas hemos demostrado una gran resiliencia y adaptación a los cambios de esta crisis. Este hecho ha permitido que nuestra organización avance en apartados olvidados como la sustitución de reuniones presenciales por videoconferencias, el teletrabajo (hemos estado prácticamente 3 meses con esta modalidad) y la comunicación interna y externa.

    Un reto que nos ha hecho más fuertes como equipo y empresa. 

  • ¡No bajes la guardia! Ante el coronavirus, prevención.

    ¡No bajes la guardia! Ante el coronavirus, prevención.

    Durante las últimas semanas se están registrando en España una serie de rebrotes que demuestran que la población no está tomando las medidas necesarias para hacer frente el coronavirus. Es necesario un esfuerzo colectivo, ahora que no existe un Estado de Alarma que nos fuerce a tomar medidas preventivas, pero no parece que este se esté llevando a cabo por parte de toda la sociedad.

    Focos incontrolados

    Gimnasios, locales nocturnos e incluso iglesias, son importantes focos de infección cuando se incumplen las medidas mínimas de prevención. Pero no es sólo responsabilidad de aquellos negocios cuya actividad implique una alta concentración de personas, debemos apelar a la responsabilidad individual.

    Mucho de los brotes registrados en los últimos días están relacionados con actividades sociales según el Ministerio de Sanidad.

    Especial atención mediática recibe el ocio nocturno, que más allá de locales abiertos al público, tienen lugar a puerta cerrada en alguna casa o incluso en algún botellón al aire libre. El principal problema en estos casos es rastrear a los contactos estrechos debido a una alta movilidad durante toda la noche y a la confusión que puede provocar el estado de embriaguez.

    Que sea familia, no es excusa

    Pero el ocio nocturno no es el único entorno donde se baja la guardia, tampoco se están tomando medidas en las reuniones familiares. Tras más de 4 meses sin posibilidad de desplazarnos para ver a muchos de nuestros familiares, en plena época de vacaciones y sin la posibilidad de viajar al extranjero, las visitas familiares se han convertido, irremediablemente, en la elección de muchas familias españolas para disfrutar del verano.

    En cualquier caso, reunirnos a menos de dos metros, con personas con las que no convivimos y además sin aplicar las medidas preventivas necesarias es cuanto menos, una irresponsabilidad.

    ¡No bajes la guardia!

  • ¿Cuando debo usar la mascarilla? La regulación en cada CCAA

    ¿Cuando debo usar la mascarilla? La regulación en cada CCAA

    Ha pasado más de un mes tras la finalización el Estado de Alarma, y en este periodo de relativa calma, los ciudadanos se han relajado a la hora de tomar precauciones frente al Coronavirus. Son muchos los territorios donde están surgiendo rebrotes y ante la imposibilidad en muchos casos de que el gobierno tome medidas, son las Comunidades Autónomas las que deben tomar la iniciativa.

    Entre otras regulaciones, se encuentra la del uso de mascarilla. ¿Debo llevarla en el trabajo? ¿Me la puedo quitar si cumplo la distancia interpersonal? ¿Y cuando me reuno en la calle con personas con las que sí convivo?

    Andalucía

    Orden de 14 de julio de 2020

    Se recomienda el uso de la mascarilla en los espacios abiertos o cerrados privados cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aún cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad. (literal de la orden publicada). En las zonas de uso público o atención al público, será obligatorio.

    Aragón

    ORDEN SAN/585/2020

    En las zonas de uso público o atención al público, será obligatorio.

    Recomendación de uso de mascarilla en espacios privados. Se recomienda el uso de la mascarilla en los espacios privados, tanto abiertos como cerrados, cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aún cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad. (literal de la orden publicada). En las zonas de uso público o atención al público, será obligatorio.

    Asturias

    Resolución de 14 de julio de 2020

    En espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros.

    Se recomienda el uso de la mascarilla en los espacios privados, tanto abiertos como cerrados, cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aún cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad. (literal de la orden publicada).

    Baleares

    Resolució de la consellera de Salut i Consum de 13 de juliol de 2020

    Las personas de más de seis años llevarán mascarilla en todo momento, tanto por la vía pública o en espacios al aire libre como también en espacios cerrados de uso público o zonas de atención al público de edificios, tanto de titularidad pública como privada, cuando se pueda concurrir en el mismo espacio con otras personas no convivientes.

    No será obligatorio el uso de mascarilla en los centros de trabajo, tanto si son de titularidad pública como privada, si puede garantizarse la distancia interpersonal de 1,5 metros entre los trabajadores. (Cuando no son de uso público o hay atención al público, en este caso si es obligatorio).

    Canarias

    Sin regulación adicional

    Cantabria

    CVE-2020-5078

    El uso de mascarilla tendrá carácter obligatorio para las personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia de que pueda garantizarse una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros.

    Se recomienda el uso de la mascarilla en los espacios privados cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aún cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad.

    Castilla La Mancha

    Decreto 38/2020, de 21 de julio

    Obligatorio usar mascarilla por las personas de edad igual o mayor de seis años. Esta obligación deberá observarse en las vías públicas, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, aunque pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, un metro y medio. La utilización de pantallas faciales no exime de la utilización de mascarilla.

    Se recomienda el uso de la mascarilla en los espacios privados, tanto abiertos como cerrados, cuando exista una posible confluencia de personas no convivientes, aún cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad.(No obliga en estos casos, por lo que la exigencia es como hasta ahora, cuando no puede mantenerse la distancia de 1,5 metros, siendo recomendable usarla siempre).

    Castilla León

    Acuerdo 35/2020, de 16 de julio

    Las personas mayores de seis años llevarán mascarilla en todo momento tanto en la vía pública o en espacios al aire libre, como en espacios cerrados de uso público o zonas de atención al público de edificios tanto de titularidad pública como privada cuando sea previsible la concurrencia en el mismo espacio con personas no convivientes.

    En espacios privados que no sean de uso público, como hasta ahora, obligatoria cuando no se pueda mantener la distancia de 1,5 metros.

    Será también obligatorio el uso de la mascarilla en todo tipo de transportes públicos o privados, excepto cuando todos los ocupantes sean convivientes en el mismo domicilio.

    Cataluña

    Resolución SLT/1648/2020, de 8 de julio

    Las personas de más de seis años llevarán mascarilla en todo momento, tanto por la vía pública o en espacios al aire libre como también en espacios cerrados de uso público o zonas de atención al público de edificios.

    En empresas no abiertas al público, una vez la persona trabajadora esté en su lugar de trabajo (sentada y / o haciendo una tarea que no comporte movilidad) y con todas las medidas necesarias, puede prescindir de la mascarilla aunque sigue siendo recomendable. En cambio, será obligatoria para todos los desplazamientos que se realicen en el interior del centro de trabajo (entradas, salidas, lavabo …) También se podrá prescindir de la mascarilla en aquellos trabajos que impliquen un gran esfuerzo físico, independientemente de si se llevan a cabo en el interior o en el exterior (por ejemplo, en trabajos vinculados a la construcción) y siempre que se pueda garantizar su seguridad y salud.

    Ceuta

    Sin regulación adicional

    Comunidad Valenciana

    Resolución de 17 de julio de 2020

    Las personas de seis años en adelante están obligadas al uso de la mascarilla en todo momento en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o abiertos al público.

    Se recomienda el uso de las mascarillas en espacios privados abiertos o cerrados cuando exista confluencia con personas no convivientes o no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros. (No obliga en estos casos, por lo que la exigencia es como hasta ahora, cuando no puede mantenerse la distancia de 1,5 metros, siendo recomendable usarla siempre).

    Extremadura

    Resolución de 10 de julio de 2020

    En las zonas de uso público o atención al público, será obligatorio. Se recomienda el uso de la mascarilla en los espacios abiertos o cerrados privados cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aún cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad. (literal de la orden publicada).

    Galicia

    Resolución de 25 de junio de 2020

    Obligatoria la mascarilla siempre que se esté en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público y se pueda concurrir en el mismo espacio con otras personas usuarias. Se exceptúan los supuestos en que se pueda permanecer sentado si por parte de la persona titular del espacio se adoptan medidas que garanticen en todo momento el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal entre las personas usuarias.

    La Rioja

    Resolución de 13 de julio de 2020

    Obligatoria en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, y se pueda concurrir en el mismo espacio con otras personas. No dice nada del resto de centros de trabajo, por lo que sigue como hasta ahora, obligatorio cuando no se pueda mantener la distancia de 1,5 metros.

    Madrid

    Orden 920/2020, de 28 de julio

    Deben llevar mascarilla todas las personas de seis años en adelante en espacios abiertos o cerrados, independientemente de la distancia interpersonal de seguridad. Además se recomienda su uso en espacios privados, cuando haya personas no convivientes. Están prohibidas las mascarillas con válvula exhaladora, y debe cubrir siempre desde el tabique nasal hasta la barbilla. No será obligatoria en el trabajo siempre y cuando no existan desplazamientos en el mismo centro, y cuando se respete la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros.

    Melilla

    Orden nº 2734 de fecha 16 de julio de 2020

    Las personas de seis (6) años en adelante están obligadas al uso de mascarilla en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad.

    Se recomienda el uso de la mascarilla en los espacios privados, tanto abiertos como cerrados, cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aún cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad. (No obliga en estos casos, por lo que la exigencia es como hasta ahora, cuando no puede mantenerse la distancia de 1,5 metros, siendo recomendable usarla siempre).

    Murcia

    Resolución de 13 de julio de 2020

    En todo caso, en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, será imprescindible el uso de mascarilla.

    Consultada la Inspección de trabajo, la mascarilla es obligatoria en los centros de trabajo. (Se está a la espera de una interpretación oficial igual que ha hecho Cataluña). No está por escrito, por lo que no es vinculante actualmente, hasta nueva información.

    Navarra

    Orden Foral 34/202

    Obligatoriedad en espacios cerrados de uso público o abiertos al público. En el resto de centros de trabajo, de titularidad pública y privada, siempre y cuando se pueda garantizar la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros entre las personas trabajadoras, no es obligatorio.

    País Vasco

    Orden de 15 de julio de 2020

    Será obligatorio el uso de la mascarilla con independencia de la distancia interpersonal, tanto cuando se esté en la vía pública y en espacios al aire libre como cuando se esté en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, y se pueda concurrir en el mismo espacio con otras personas. Es decir, en todos los centros abiertos al público es obligatorio usar mascarilla. En el resto, cuando no pueda mantenerse la distancia interpersonal.